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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Despido discriminatorio. Prueba. Cargas dinámicas. Daño moral
Se hace lugar a la demanda por despido discriminatorio promovida por el trabajador contra la embajada extranjera empleadora, destacándose que, en el caso, la ley aplicable es la argentina, dado que la demandada no acreditó que la legislación por ella invocada fuera más favorable al actor ni que las partes hubieran pactado la aplicación de la legislación mencionada (art. 3, LCT), supuestos de desplazamiento de la ley nacional. Asimismo, se hizo lugar al resarcimiento por daño moral, en virtud de haberse acreditado que el despido se produjo por razones discriminatorias relacionadas con cuestiones políticas del país extranjero.
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