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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Sanción disciplinaria. Suspensión. Discriminación. Actividad sindical. Carga de la prueba
Se rechaza la existencia de una conducta discriminatoria antisindical por parte del empleador a la hora de aplicar una sanción disciplinaria al trabajador accionante. Si bien la suspensión decidida fue declarada injustificada por parte del juez, ello no permite vincular dicha sanción adoptada con un acto de discriminación por motivos sindicales, puesto que no cabe presuponer que esa actitud encubra una motivación claramente antisindical si no se aportaron indicios suficientes como para validar tal conjetura. En conclusión, se expresa que resulta carga del accionante que alega motivos discriminatorios aportar los indicios suficientes en tal sentido, para luego ser la empleadora quien deba justificar que el acto obedece a otros motivos.
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