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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Despido. Justa causa. Control judicial. Indemnización. Incremento indemnizatorio
Se hace lugar a la demanda por despido interpuesta por el actor y por ello se declara procedente el incremento indemnizatorio regulado en el artículo 2 de la ley 25323. Para decidir de este modo, el tribunal expresó que el precitado dispositivo legal no efectúa distinciones en cuanto a que el despido lo decida el empleador o el trabajador, pues solo hace referencia a la falta de pago de las indemnizaciones previstas en los artículos 232, 233 y 245 de la ley de Contrato de Trabajo, previa intimación del dependiente y el consecuente inicio de acciones judiciales para percibirlas.
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