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CONMEMORACIONES
Ley 26.754
Institúyase el día 24 de agosto como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
Sancionada: Junio 27 de 2012
Promulgada: Julio 25 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal.