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JURISPRUDENCIAConflictos colectivos de trabajo. Sindicatos. Práctica desleal. Huelga. Descuento. Remuneración. Improcedencia
Se rechaza la acción por práctica desleal interpuesta por el sindicato actor contra la empresa demandada. Para decidir de este modo, se explica que el anuncio de la empresa indicativo de que descontaría las horas no trabajadas a los trabajadores que participen de la huelga programada no reflejó una conducta típicamente antijurídica y culpable en los términos del art. 53 de la ley 23551. Asimismo, se destaca que la enunciación del citado artículo tiene un carácter rígido y taxativo y no existe la posibilidad de una interpretación amplia que implique la punición de conductas que no responden al principio de “tipicidad”. Como conclusión, se explica que no pueden reprimirse en el marco de los arts. 53 y 55 de la ley 23.551 cuestiones que presenten una interpretación debatible.
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