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JURISPRUDENCIADespido. Discriminación. Delegado gremial. Tutela sindical. Conducta antisindical. Exclusión de tutela sindical
Se hace lugar a la acción interpuesta por la actora -designada como delegada congresal ante la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa-, en tanto el empleador no la excluyó de la tutela sindical. El Juez interviniente explicó que al no haber interpuesto la empleadora con carácter previo la acción de exclusión de tutela sindical antes de efectuar el despido de la trabajadora, corresponde hacer lugar a la acción de tutela sindical instaurada disponiendo el cese inmediato del comportamiento antisindical, declarando nulo el despido y ordenando la reinstalación de la trabajadora.
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