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JURISPRUDENCIARobo. Hurto. Violencia. Celular
Se resuelve condenar al imputado como penalmente responsable del delito de robo en grado de tentativa a la pena de tres años prisión en suspenso, con costas. Para decidir de este modo, el tribunal explicó que quien avanza contra una víctima, valiéndose del poder que le proporciona la velocidad y la potencia de una motocicleta, invade sorpresivamente al espacio de circulación que las leyes reglamentarias de tránsito le acuerdan al otro y arrebata el celular que este portaba en su mano, comete un robo y no un hurto, porque esa conducta implica el empleo de una auténtica violencia personal, aunque no haya sido necesario un gran despliegue de fuerza real para lograr el desapoderamiento.
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