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JURISPRUDENCIAMedida cautelar. Subsidios habitacionales. Derecho a la vivienda digna. Personas en condición de vulnerabilidad
Se hace lugar a la medida cautelar solicitada, y se ordena al GCBA que arbitre los medios necesarios a fin de abonar el subsidio habitacional previsto en el decreto 690/06 (mod. por decs. 960/08, 167/11, 239/13 y 637/16) a las actoras, otorgando una suma que cubra dichas necesidades de acuerdo al actual estado del mercado. La prueba colectada en autos permitía advertir que la actora se encontraba en situación de vulnerabilidad social y económica y en una inminente situación de calle.
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