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JURISPRUDENCIAEmpresa de telefonía. Daño punitivo. Ofrecimiento de servicios a persona con restricciones a la capacidad
Se hace lugar al daño punitivo y se confirma el resto de la sentencia que admitió la demanda impetrada por la actora por derecho propio y en representación de su hijo, a fin de obtener el resarcimiento de los daños ocasionados a raíz de la actitud desaprensiva de la proveedora de servicio telefónico, quien habiendo sido comunicada acerca de las restricciones a la capacidad del sujeto receptor de sus ofrecimientos, no cesó en su actitud comercial a su respecto, generando con ello innumerables molestias a la actora.
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