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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Incidente de nulidad. Resguardo pupilar. Persona con capacidad restringida. Representación y asistencia. Ministerio Público
Se hace lugar al incidente de nulidad interpuesto por la Asesoría de Menores y se ordena la suspensión de los procedimientos hasta tanto se acredite la designación de un curador legal para la actora o se disponga el apoyo necesario para la adecuada protección de sus derechos. Se destaca la aplicación del Art. 103 del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual regula la actuación principal del Ministerio Público al carecer la actora de representante legal y siendo necesario proveerla de representación.
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