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JURISPRUDENCIADirección Nacional de Viabilidad. Certificados de obra. Intereses. Ley 13064
Se confirma la sentencia que acogió la demanda dirigida contra el Estado Nacional -Dirección Nacional de Vialidad-, con el objeto de que se le fije judicialmente plazo a la demandada para el cumplimiento de la liquidación y pago de los créditos por los intereses dispuestos por el artículo 48 de la ley 13064 (conforme lo previsto en la resolución N° 623/2009), correspondientes al pago en mora de los certificados de obras públicas de las que era titular. Así, dicha solución se debía extender por el período comprendido entre el vencimiento de los créditos reconocidos y el momento en que la Dirección Nacional de Vialidad abonó los importes correspondientes, monto que debía devengar -a su vez- intereses a la misma tasa, hasta el efectivo pago.
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