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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Agresión con arma blanca. Responsabilidad del titular del establecimiento. Deber de seguridad. Responsabilidad objetiva
Se confirma el fallo que hizo lugar a la demanda de daños deducida por la concubina de quien falleció a causa de una herida de cuchillo mientras se encontraba en el “pool” del demandado, pues la agresión recibida por la víctima, aun producida con el antecedente cercano de una pelea que había cobrado magnitud y desbordado la capacidad de control del personal de un establecimiento saturado de clientes, se pudo prevenir con quitarle el cuchillo al agresor, o con cualquier otra acción concreta y efectiva que desactivara su desempeño armado, lo que debió hacer el personal de seguridad que lo vio con anticipación al hecho.
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