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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Abandono de trabajo. Retención de tareas. Falta o defecto de registración
Se hace lugar a la demanda por despido arbitrario iniciada por el trabajador, dado que no se acreditaron los requisitos para la procedencia del despido por abandono de trabajo (art. 244 LCT), pues el trabajador retuvo tareas por la completa falta de registración del contrato laboral. Se destaca que habiendo mediado retención de tareas, no existía abandono de trabajo tal como fue invocado por la demandada en su TCL rupturista, ya que aquella respondía al incumplimiento de alguna de las obligaciones esenciales del empleador, y la falta de registración es una de ellas.
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