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JURISPRUDENCIASeguros. Prima. Cuota Excesiva. Enriquecimiento incausado. Pago anticipado
Se ordena a la compañía aseguradora demandada que restituya a los afectados que contrataron seguros con cobertura patrimonial las sumas que estos hubieren abonado en exceso en concepto de carga financiera, en los supuestos donde se hubiere pactado el pago de la prima en cuotas y cuando estas hubieran sido abonadas de forma anticipada, pues se deben resguardar los derechos de los consumidores y evitar un enriquecimiento incausado por parte de la aseguradora como resultado del cobro de un servicio financiero que no se ha proporcionado.
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