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JURISPRUDENCIAResponsabilidad del centro comercial. Cencosud. Defensa del consumidor. Accidente. Menor de edad. Deber de seguridad. Obligación de resultado
Se confirma la sentencia que condenó a Cencosud por los daños que sufrió una niña cuando se le cayó encima un bidet puesto en exhibición en uno de los locales de “Easy”, al concluirse que hubo una relación de consumo protegida por el artículo 42 de la Constitución Nacional, lo que le generó una obligación de seguridad dada por la necesidad de mantener en buen estado el lugar de compras, que se reflejó en una responsabilidad objetiva de la que solo puede liberarse acreditando la causa ajena.
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