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Se declara inconstitucional el requisito impuesto por el decreto reglamentario de la ley 13927, que exige tener libre deuda de infracciones para renovar el registro de conducir, pues la exigencia del pago previo de las multas para la renovación de la licencia de conductor no se encuentra dirigida a lograr la seguridad vial, sino que su finalidad tiene afán claramente recaudatorio, restringiendo irrazonablemente derechos que la ley reglamentada otorga, alterando su espíritu y finalidad, ello contrariando el principio de jerarquía normativa y configurando un exceso en el ejercicio de las atribuciones que la Constitución Nacional concede al Poder Ejecutivo.
Fallo completo:
En la ciudad de General San Martín, a los 18 días del mes de octubre de 2018, se reúnen en acuerdo ordinario los señores Jueces de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, estableciendo el siguiente orden de votación de acuerdo al sorteo efectuado: Jorge Augusto Saulquin, Ana María Bezzi y Hugo Jorge Echarri para dictar sentencia en la causa n° 7037, caratulada “Pita, Andrés Ignacio c/ Municipalidad de Vicente López y otro/a s/ Amparo”.-
ANTECEDENTES
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