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JURISPRUDENCIAReajuste de haberes. Movilidad. Haber inicial. Actualización. Índice aplicable. Remuneración. Doctrina de la corte
Se hace lugar a la acción por reajuste de haberes interpuesta por el actor y, en consecuencia, se ordena sustituir el empleo del ISBIC por el del índice combinado del artículo 2 de la ley 26417 para el ajuste de remuneraciones a partir del mensual 3/09. Asimismo, se ordena aplicar para la totalidad de las categorías autónomas las pautas sentadas en el precedente “Makler” hasta la fecha de adquisición del derecho y para la movilidad posterior habrá de aplicarse el índice combinado de la ley 26417.
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