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JURISPRUDENCIAProcedimiento previsional. Tasa de interés. Tasa activa. Inflación. Prohibición de indexar
Se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y se modifica la tasa de interés aplicable a las diferencias de haberes adeudadas por ANSeS. El tribunal explicó que la imposibilidad legal de utilizar mecanismos de actualización monetaria en períodos de alta inflación, sumado a ello la naturaleza alimentaria que ostenta el crédito previsional reclamado, tornaba necesario establecer una tasa de interés que compensara razonablemente la imposibilidad del uso del dinero, la pérdida de su poder adquisitivo por el transcurso del tiempo y asegurara al acreedor la integralidad de su crédito, lo cual solo podía lograrse mediante la tasa activa de la cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días, que publica el Banco de la Nación Argentina.
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