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JURISPRUDENCIAOrdenanza municipal. Erradicación de antenas de telefonía móvil. Zona urbana. Daños a la salud por radiaciones
Se confirma la decisión que rechazó la acción tendiente a que se declare la inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal 299/10, por la cual se dispuso la erradicación de estructuras y antenas de telefonía móvil de la zona urbana o lugares donde se desarrollen actividades educativas, deportivas o sociales, por entender que no transgrede las garantías constitucionales invocadas por la actora; máxime, cuando no se acreditó que el cumplimiento de la norma provoque una afectación concreta del servicio, más allá de lo meramente económico.
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