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JURISPRUDENCIALibertad de expresión. Declaraciones en rueda de prensa. Utilización de la expresión “torturas”. Difamación y calumnias
Se admite la demanda por daño material y moral interpuesta contra el Reino de España, con arreglo al artículo 34 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, por considerar que la sentencia dictada por los tribunales nacionales que declaraban al accionante culpable de difamación -en virtud de las declaraciones que realizara en una rueda de prensa- había supuesto una injerencia en su derecho a la libertad de expresión, protegido por el artículo 10 del Convenio.
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