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Se autoriza el cambio de residencia solicitado por la madre con sus hijas, pese a la expresa oposición del padre. La actora, separada del demandado, solicitó volver a su ciudad natal, dado que no tenía trabajo ni contención en la capital provincial donde residía. Para decir así, se tuvo presente la situación de vulnerabilidad de la mujer, quien padece una enfermedad autoinmune y crónica. Además, se destacó la situación de desigualdad económica de la madre dentro de la relación que tenía con el padre, pues la pareja adoptó una organización de hombre proveedor y mujer dedicada al cuidado del hogar, propia de una distribución de roles estereotipados que encuadra en lo reglado por el art. 6 inc. b de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer.
Córdoba, dieciséis de mayo de dos mil dieciocho. Y VISTOS: Estos autos caratulados: “S.M.Y. Y OTRO – SOLICITA HOMOLOGACION” de los que resulta que: I) a fs. 15/17 comparece la Sra. M.Y.S, con el patrocinio letrado de la Dra. P.V.C., y solicita autorización judicial para el cambio de residencia junto a sus hijas a la localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba y se fije audiencia con carácter urgente a los fines de tratar el régimen comunicacional a favor del progenitor. Expresa que es oriunda de la ciudad de Villa Dolores, arribando a la ciudad de Córdoba en el año 2001 para iniciar los estudios en psicopedagogía. Manifiesta que en el año 2007 comenzó un noviazgo con el Sr. M.M.A., consolidando posteriormente una convivencia, y en el año 2012 deja de trabajar, en acuerdo con su pareja, a los fines de poder encargar su primera hija, que nació el 09/12/2013. Refiere que a los días del nacimiento de M.L., la internan con diagnostico reservado y luego de realizados los estudios pertinentes, en el mes de junio del año 2014, le diagnostican la enfermedad de Crohn, que es una enfermedad autoinmune y crónica, con tratamiento vitalicio, que afecta su intestino. Indica que en el mes de julio de 2014, se retira del departamento que compartía con el Sr. M. y que en el año 2015, sin iniciar nuevamente la convivencia, tuvo un acercamiento con el progenitor, quedando embarazada en uno de ellos de su segunda hija A.M.S., nacida el 20 de mayo de 2016. Expresa que atento encontrarse con una niña de 3 años y embarazada de 4 meses, le comunico al progenitor que necesitaba volver a la ciudad de Villa Dolores, ya que no podía continuar solventando los gastos en la ciudad de Córdoba. Atento a ello, él decide alquilar un departamento para que fuera a vivir junto a sus hijas y comienza a abonar en concepto de cuota alimentaria una suma mayor
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