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JURISPRUDENCIAAccidente de trabajo. Fractura de tabique. Cicatrices. Incapacidad laboral permanente. Baremo aplicable. Decreto reglamentario
Se reduce la condena impuesta a la ART, atento a que el perito médico de la causa cuantificó el daño del actor sobre la base de un baremo inaplicable a los reclamos derivados de la ley 24557. En esa senda, el tribunal explicó que el decreto 659/1996, aplicable al caso, no prevé como daño resarcible las cicatrices en la nariz, sino solo en la frente, pómulo, mentón y pabellón auricular. Por ende, el daño estético que padece el demandante no es resarcible en el régimen jurídico elegido para demandar. Sin perjuicio de ello, el perito indicó expresamente las consecuencias de la deflexión (falta de aire en actividad aeróbica que implica un riesgo a contraer infecciones) y esta secuela
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