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JURISPRUDENCIAAccidente de trabajo. Daño psicológico. Pericia médica. Dictamen. Valoración de la prueba. Facultad del juez. Ingreso base. Ley aplicable
Por mayoría, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el actor, confirmándose la desestimación del daño psicológico reclamado y la aplicación de la ley 27348 para el cálculo del IBM. En relación con el primer punto, el voto mayoritario explicó que la apreciación de los informes periciales es facultad de los jueces, que tienen respecto de este tipo de prueba las mismas atribuciones que para el análisis de las restantes medidas probatorias, pudiendo hacerlo con la latitud que le adjudica la ley. En lo que respecta a la aplicación de la nueva ley 27348, se desestimó su aplicación, debido a que su entrada en vigencia fue posterior al accidente de autos. Por otro lado, el voto minoritario de la doctora Cañal reconoció el daño psicológico del actor y, además, la aplicación de la ley 27348 al presente caso en virtud del principio de progresividad.
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