TEMAS DE DERECHO CIVIL, PERSONA Y PATRIMONIO
JUNIO 2020
JURISPRUDENCIA SUMARIADA
LISTADO DE VOCES:
ACCIDENTE DE TRÁNSITO. COLISIÓN DE AUTOMOTORES. RECHAZO DE LA DEMANDA. AUTOMÓVIL DETENIDO. LUCES. EXIMICIÓN DE RESPONSABILIDAD. CULPA DE LA VÍCTIMA
Se confirma la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivada de un accidente de tránsito, al probarse que desaprensivamente el actor detuvo su automóvil sobre la división de un camino siendo de noche, en un lugar sin luz artificial, abrió la puerta delantera izquierda (lado del conductor), la que invadió el carril contrario y, apeándose del rodado, procedió a cambiar el neumático ayudado por el otro actor, quedando ambos escondidos detrás de aquella, lo que impidió que el demandado pudiera advertirlos cuando circulaba correctamente por su mano, erigiéndose la puerta sorpresivamente como un valladar.
AHUMADA, JORGE ARIEL C/MOSCOSO, GUSTAVO MIGUEL Y OTRO S/DAÑOS Y PERJUICIOS; VIERA, ROBERTO ANÍBAL Y OTRO C/ MOSCOSO, GUSTAVO MIGUEL Y OTRO S/DAÑOS Y PERJUICIOS – SUP. CORTE JUST. BS. AS. – 15/4/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000523F
ACCIÓN DE AMPARO. MINISTERIO DE SALUD. PROVINCIA DE BUENOS AIRES. GERIÁTRICO. CORONAVIRUS. ADULTOS MAYORES. GRUPO DE RIESGO
Se ordena cautelarmente al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que -en el término de 72 horas- proceda al testeo (test rápido) de la totalidad de la población de adultos mayores que conviven en la Residencia Geriátrica “San Jose” de la localidad de Don Torcuato, Provincia de Buenos Aires y del personal que se encuentra aislado en el mismo, ello bajo apercibimiento de fijar astreintes, debiendo a dicho fin remitirse el listado de los adultos mayores acompañado con la demanda, teniendo en consideración la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional ante la pandemia de coronavirus.
R., A. R. R. Y OTROS C/PROVINCIA DE BUENOS AIRES – MINISTERIO DE SALUD S/AMPARO – JUZG. CIV. Y COM. N° 2 – SAN ISIDRO- 14/05/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000643F
AMPARO DE SALUD. SUMINISTRO DE MEDICACIÓN. ACEITE DE CANNABIS. MENOR DISCAPACITADO. LEY 27350. EMPRESA DE MEDICINA PREPAGA. TRATAMIENTO MÉDICO. OBRAS SOCIALES
Se resuelve que la obra social demandada debe arbitrar los medios necesarios para suministrar al amparista la cobertura integral al 100% del aceite de cannabis a través del régimen de acceso de excepción a medicamentos no registrados, de acuerdo a las dosis y prescripciones de su médico tratante conforme la ley 27350. Ello es así porque no se encontró discutida la condición de afiliada de la niña a OSDE, como así tampoco la enfermedad que padecía (epilepsia) y su consecuente discapacidad, y que su médico tratante había prescripto la medicación para así lograr su más alto nivel de bienestar y velar por su derecho a la salud.
R. E. R. D. S. H. M. Y OTRO C/MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y OTRO S/ACCIÓN DE AMPARO LEY 16.986 – JUZG. FED. CIV. COM. LAB. Y CONT. ADM. – 1º INST. – 8/5/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000565F
AMPARO AMBIENTAL. RESPONSABILIDAD DEL MUNICIPIO. ZOOLÓGICO. TRASLADO DE ESPECIES. LEY 22 421. DEBER DE INFORMACIÓN. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Se ordena a la empresa concesionaria del Zoológico de Córdoba, a la Municipalidad y a la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático procedan a actualizar la información conducente para resolver el amparo ambiental presentado por las fundaciones actoras, tendiente a que se confeccione un Programa de Enriquecimiento Ambiental para alcanzar el más alto nivel de bienestar animal y ambiental, ordenándose realizar mediciones de estrés en los animales y la información sobre las especies que hubieran sido trasladadas, la ampliación de espacios, y demás peticiones pertinentes.
FUNDACIÓN SIN ESTRIBOS Y OTROS C/CONSULTORA E INSUMOS AGROPECUARIOS SA S/AMPARO AMBIENTAL – CÁM. CONT. ADM. CÓRDOBA – 2ª NOM. – 11/5/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000653F
MEDIDAS CAUTELARES. AUTISMO. MENOR DISCAPACITADO. INCLUSIÓN ESCOLAR. DERECHO A LA EDUCACIÓN. MEDIOS TELEMÁTICOS. CORONAVIRUS
Se admite la medida cautelar peticionada consistente en la inmediata asistencia terapéutica de un joven con trastorno general del desarrollo -módulo maestro de apoyo, psicólogo o psicopedagogo- durante toda la semana escolar y la vigencia del año calendario escolar 2020, al resaltarse que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad impone en cabeza del Estado Nacional la obligación de asegurar a las personas discapacitadas su inclusión en la escuela primera, gratuita y obligatoria, facilitándole las medidas de apoyo personalizadas y efectivas que fueran necesarias a tales fines, las que actualmente se deben seguir cumpliendo a través de medios telemáticos y de las nuevas tecnologías ante la pandemia de coronavirus.
S. S. C. C/U. P. (O.S.U.P.C.N.) S/AMPARO – CÁM. CIV. Y COM. LOMAS DE ZAMORA – SALA I – 19/5/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000652F
RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES. LESIONES. FIESTA. RELACIÓN DE CONSUMO. PREJUDICIALIDAD. OBLIGACIÓN TÁCITA DE SEGURIDAD. CASO FORTUITO. REDES SOCIALES. RELACIÓN CONTRACTUAL
Se revoca parcialmente la sentencia apelada y se exime de responsabilidad a los organizadores de una fiesta privada por las lesiones sufridas por un asistente, al probarse que había sido golpeado por un tercero en un sector muy cercano al portón de entrada del lugar y el desgraciado suceso se ocasionó no por algo iniciado adentro y causado por algo vinculado a la fiesta, sino afuera, provocado por un altercado con motivo del estacionamiento de un auto. Es decir, no hubo relación causal entre el hecho y el incumplimiento de la obligación tácita de seguridad. Además, se concluyó que se configuró un supuesto de caso fortuito desde que la trompada dada al actor fue imprevisible, es decir, ningún hecho anterior podía hacer suponer que pudiera ocurrir.
GUTIÉRREZ, SANTIAGO ENRIQUE C/YARTE, AGUSTÍN NICOLÁS Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS – CÁM. CIV. Y COM. MERCEDES – SALA I – 22/4/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000468F
USUCAPIÓN. RECHAZO. ACCESIÓN DE POSESIONES. CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS. PRUEBA. PAGO DE IMPUESTOS. TESTIGOS. ÁNIMO DE DUEÑOS
Se confirma la sentencia que no tuvo por probados los actos posesorios configurativos de la pretendida usucapión de un lote, en tanto la usucapiente no logró comprobar -desde la cesión de derechos posesorios- la posesión durante el lapso de veinte años que exige el artículo 4015 del Código Civil. Es que quienes le transmitieron los derechos posesorios necesariamente debieron reunir el carácter de poseedoras con ánimo de dueño y ello debió probarse acabadamente para poder el adquirente sumar al cómputo de su plazo el tiempo transcurrido por sus antecesoras o derechamente ampararse en la prescripción ya cumplida por ellos.
ETULAIN, MARÍA CECILIA C/ACUÑA, POLONIO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA VICENAL-USUCAPIÓN – CÁM. CIV. Y COM. TRENQUE LAUQUEN – 2/4/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000335F
300675F