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JURISPRUDENCIAExclusión hereditaria. Separación de hecho. Ley aplicable
Se confirma el fallo en cuanto excluyó la vocación hereditaria de la demandada como cónyuge supérstite del causante, pues se encuentra acreditado que al momento de producirse el fallecimiento del causante los cónyuges estaban separados de hecho desde hacía un tiempo, sin voluntad de unirse, resultando irrelevante indagar acerca de la atribución de culpabilidad, pues en cualquier caso la nueva norma prevé el cese de la vocación hereditaria del cónyuge supérstite.
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