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JURISPRUDENCIADefensa de derechos colectivos. Inscripción. Registro. Acordada. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Requisitos. Fusión de empresas
Se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por la asociación de consumidores actora y se ordena inscribir la acción en el registro público de procesos colectivos (Ac. 32/14). Para decidir de este modo, el tribunal expresó que la pretensión del actor dejó de ser conjetural en virtud de la resolución número 5644-E/2017, mediante la que se autorizó la fusión por absorción de Cablevisión SA en Telecom Argentina SA. Este nuevo hecho permitía concluir la existencia de un colectivo interesado en la prevención de la configuración de una concentración económica, que podría distorsionar la competencia y que abarcaría a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y de tecnologías de la información, de los servicios de telefonía fija, telefonía móvil y televisión por cable
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