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GARANTIZACIÓN CONTRA EVENTUALES DEUDAS O DAÑOS A LA FINCA LIBRANDO PAGARÉS EL COMODATARIO.__ … CLÁUSULA … (PAGARÉS) El COMODATARIO libra y entrega al COMODANTE, …(debidamente timbrados; sin timbrado) los pagarés siguientes: …(por … <$; EUA$, €> …, …<”a la vista”; vencimiento …>, lugar de pago, “sin protesto”, …), de los cuales el presente es suficiente recibo, “en caución” para responder por el pago de …(averías; cargas; daños; expensas; impuestos; pérdidas; reparaciones; servicios; …), los que serán tenidos “en cartera” y ante incumplimientos podrán endosarse y/o ejecutarse, sin asumir ante falta de pago cargas de protesto ni de aviso al transmitente. <<<NOTA: Por imperio del art. 765 del CCyC, el deudor podría pagar los dólares por su equivalente en pesos al “cambio oficial”.>>>
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