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JURISPRUDENCIASEGUROS. Franquicia. Oponibilidad al damnificado
Se revoca la sentencia impugnada que declaró la inconstitucionalidad de la resolución N° 25.429/97 de la Superintendencia de Seguros de la Nación disponiendo la inoponibilidad de la franquicia prevista en la póliza al demandante; en virtud de esto se la modifica disponiendo la plena validez de la resolución citada y cambiando la tasa de interés moratorio a computarse, que será la más alta que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde el momento del hecho hasta el efectivo pago.
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