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JURISPRUDENCIASalud pública. Responsabilidad médica. Mala praxis
Se confirma sentencia de primera instancia en cuanto a la responsabilidad del médico cirujano y el jefe de cirugía por el fallecimiento de la víctima, ya que se considera probada la negligencia en la atención médica. Asimismo, se responsabiliza al municipio de forma indirecta, en carácter de empleador. Se modifica la sentencia, disminuyendo el monto establecido por el valor vida, por no encontrase acreditados los ingresos que percibía la víctima, y se la revoca en relación con el daño psicológico por estar probado el mismo. A su vez, se confirma la sentencia en los restantes rubros.
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