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JURISPRUDENCIARecurso extraordinario. Efluentes cloacales. Empresa prestataria del servicio de agua. Relación de consumo
Se rechaza el recurso extraordinario interpuesto y se condena a la empresa prestataria del servicio público de agua a indemnizar a un joven matrimonio por los daños que le generó un derrame cloacal producido en su inmueble, al comprobarse que la causa de ello había sido un taponamiento u obstrucción en la red colectora a la que se encontraban conectados los vecinos del barrio, y sin que se haya probado la relación causal entre la conexión irregular de los actores y el desborde producido. Ello así, al encuadrarse la responsabilidad de la demandada en el marco de una relación de consumo.
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