Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAPerención de instancia. Artículo 310, inciso 2), del CPCCN. Beneficio de litigar sin gastos
Se confirma la resolución que declaró la caducidad de instancia pues transcurrió con exceso el plazo previsto por el artículo 310, inciso 2), del Código Procesal sin que el recurrente hubiese realizado en estos obrados acto procesal impulsorio alguno.
Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.