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JURISPRUDENCIANulidad. Rechazo. Notificación electrónica. Defensor público oficial. Cédula electrónica
Se rechaza el incidente de nulidad promovido por el actor, con patrocinio del Defensor Público oficial, contra las notificaciones electrónicas cursadas. El voto mayoritario del tribunal expresó que, si el actor compareció por derecho propio con el patrocinio letrado del defensor oficial, la índole de la actuación de quien asesora profesionalmente al nulidicente no se identifica con la que atañe al representante del Ministerio Público de la Defensa cuando este comparece como órgano institucional, sino con la de cualquier profesional que brinda asistencia abogadil, de modo que las comunicaciones -o notificaciones- de los diversos actos procesales no deben ceñirse a la modalidad establecida en el artículo 135, penúltimo párrafo, del CPCC -es decir, la remisión del expediente al público despacho-, sino a la clásica de emisión de cédula -hoy en día electrónica- con las formalidades establecidas en la ley procesal.
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