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JURISPRUDENCIAExtradición. Violación a la patria potestad. Pena. Improcedencia
Se confirma la resolución en cuanto declaró improcedente el pedido de extradición de la imputada a la República del Paraguay para someterla a proceso por el delito de violación de patria potestad reprimido en el Código Penal de ese país, pues la pena prevista para ese delito no alcanza la exigida por el tratado de extradición aplicable -aprobado por ley 25304- que exige que el delito sea pasible de una pena intermedia mínima de dos años de prisión.
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