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JURISPRUDENCIAEstablecimiento educativo. Expulsión de alumno. Adolescentes. Derechos del niño. Derecho a ser oído. Admisión de alumnos
Se hace lugar a la acción de amparo interpuesta en representación de un alumno adolescente de colegio secundario, y se le ordena a la institución reincorporarlo luego de que lo expulsara por haber participado en la detonación de una bomba casera dentro de aquella, señalándose que no tuvo oportunidad de ser oído en los términos en que lo exigía la Convención sobre los Derechos del Niño. En ese sentido, se le impone al joven la realización de un trabajo de investigación sobre cómo llevar a cabo un experimento usando alcohol y cloro, la asignación de una tarea solidaria y social -estrictamente necesaria dentro del establecimiento- y la redacción de una nota de disculpa a los padres que presentaron su queja ante la institución. Todo ello, al juzgarse que la reacción de la autoridad escolar frente al adolescente transgresor había sido injusta y arbitraria desde la perspectiva del alumno.
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