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JURISPRUDENCIADespido. Relación laboral. Relación de dependencia. Profesionales liberales. Médico. Geriátrico
Se confirma la sentencia que acogió el reclamo laboral de un médico en los términos del artículo 21 de la ley de Contrato de Trabajo, al concluirse que las prestaciones médicas que efectuó para un geriátrico a lo largo de más de veinte años podían tipificarse como laborales porque se integró a una organización ajena y no se encontraba acreditado que facturase sus servicios en forma independiente -es decir, emitiendo una factura por cada acto médico- sino en forma mensual, lo que revelaba su dependencia económica (artículos 21 y 103 de la citada ley).
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