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JURISPRUDENCIADespido indirecto prematuro. Deserción del recurso de apelación
Se declara desierto el remedio recursivo articulado por la actora y se confirma la sentencia que rechazó, en lo principal, la demanda incoada contra la demandada, haciendo lugar solamente a los rubros vacaciones no gozadas, haberes adeudados y certificado artículo 80 LCT, por entender que si bien existió prestación de servicios por parte del actor para la demandada, el trabajador se consideró despedido prematuramente, atento a que la accionada negó la recepción de los telegramas laborales intimidatorios sobre la regularización de la relación laboral y consecuente distracto.
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