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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Accidente de tránsito. Prioridad de paso. Arribo no simultáneo. Prejudicialidad. Probation
Se mantiene el fallo en cuanto hizo lugar a la demanda de daños deducida contra dos de los codemandados, pues aun cuando ambos conductores pudieron haber intentado el cruce a una velocidad mayor a la autorizada por la ley de tránsito, lo que determina la atribución de responsabilidad exclusiva del conductor del camión consistió, precisamente, en que este colisionó con la parte frontal de su rodado la parte lateral izquierda de la camioneta cuando esta ya estaba culminando el cruce de la encrucijada, por más que esta última circulara por una calle y no por una avenida.
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