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JURISPRUDENCIAConflicto de competencia. Violencia laboral. Prohibición de acercamiento. Ley 26485
Se dispone la continuidad de la intervención del Juzgado de Paz interviniente, al ser el órgano judicial que dictó la prohibición de acercamiento respecto de la denunciante de violencia ejercida en el ámbito laboral contra quien era su empleador. Es que, no obstante las interpretaciones que pudiera dar lugar la aplicación de la ley 26485, lo cierto es que subsistía el deber del órgano jurisdiccional de velar por el cumplimiento, prórroga o levantamiento de la restricción perimetral ya ordenada.
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