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JURISPRUDENCIABien ganancial. Canon locativo. Bienes inmuebles. Excepción de falta de legitimación pasiva. Condominio
Se confirma la sentencia que acogió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta contra el demandado para el pago de un canon locativo, al probarse que su ingreso y estancia en el inmueble se hallan autorizados por la ex cónyuge del actor en su condición de condómina, y con motivo de la relación afectiva que los une. Así, en nada afecta tal solución la condición de ganancial del bien, ya que operada la disolución de la sociedad conyugal, la masa indivisa se regula por las
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