En un caso de cuidado personal y régimen de comunicación de hijos, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la autorización para que dos menores viajaran con su padre a México durante la primera quincena de febrero.


La madre de los niños se había opuesto al viaje, alegando un temor infundado de que el padre pudiera radicarse con ellos en México. Sin embargo, el tribunal desestimó su oposición, ya que no presentó pruebas que respaldaran sus afirmaciones.


El tribunal consideró que el acuerdo alcanzado por los progenitores en una audiencia previa, en el que la madre autorizó el viaje, era vinculante y debía cumplirse. Además, estableció una serie de recaudos para garantizar la comunicación de los niños con su madre y evitar cualquier intento de radicación fuera del país.


El tribunal también rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por la madre, argumentando que sus fundamentos eran endebles y que no había ningún riesgo para la seguridad o el interés superior de los niños.


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