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JURISPRUDENCIAAcción de amparo. Despido del trabajador. Instituto Nacional de Tecnología Industrial. Jardín maternal. Derecho de permanencia
Se confirma la sentencia que rechazó la acción de amparo interpuesta, a fin de que se ordene al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) mantener a los hijos menores del trabajador despedido en el jardín maternal dependiente de este hasta finalizar el corriente año, al concluirse que la recurrente no acreditó la existencia de una ilegalidad o arbitrariedad de carácter manifiesto, como así tampoco la inoperancia de las vías ordinarias para reparar el perjuicio invocado. Es que si el beneficio del jardín maternal y su mantenimiento se encontraba vinculado con la vigencia de la relación laboral en los términos del reglamento aplicable, los actores que pretendieron que se les mantuviera ese derecho
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