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JURISPRUDENCIAAccidente de trabajo. Juego de esparcimiento entre empleados. Responsabilidad sistémica pero no civil de empleadora y aseguradora
Se confirma el reclamo civil dirigido contra las codemandadas, pues surge probado que la actora simplemente cayó al participar en una actividad lúdica que buscaba la relajación de los trabajadores, a cuyo fin el conjunto de estos desplegaba y usaba una manta que servía para tirar una pelota al otro equipo; es decir, se trató de un infortunio súbito e imprevisto que causó una lesión, tipificado como accidente laboral, pero no existe base fáctica para un reproche de responsabilidad subjetiva u objetiva con base en normas civiles contra la empleadora y/o su aseguradora.
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