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JURISPRUDENCIADespido. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo máximo
Se condena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al pago de una indemnización por la ruptura intempestiva del vínculo que unía a las partes (con más el pago del SAC e intereses), mediante el cual el actor desarrollaba tareas en la Dirección General de Licencias, al ser posible concluir que la demandada utilizó figuras jurídicas legalmente autorizadas para casos excepcionales, encubriendo con ellas una designación permanente bajo la apariencia de un contrato por tiempo determinado, lo que generó su responsabilidad frente al actor y justificaba la procedencia de un resarcimiento. Es que más allá de que la duración total del vínculo superaba el plazo máximo previsto por la ley, el Gobierno local no acreditó que estuviera involucrada la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, presupuesto ineludible para la aplicación del artículo 39.
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