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JURISPRUDENCIAAFIP. Sanción de multa. Clausura de establecimiento. Ley penal más benigna. Ley 27430. Principio de proporcionalidad
Se revoca la resolución que había confirmado la sanción de multa impuesta por la AFIP a un contribuyente, al no haber emitido factura y/o documento equivalente por la venta de una torta de escaso valor, por no constituir hoy una sanción conforme la reforma introducida por la ley 27430 y por aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más benigna. Asimismo, se reduce a dos días (mínimo legal) la sanción dispuesta de clausura del comercio, en la medida en que la conducta en juego no poseía magnitud o gravedad que justificase la aplicación de una sanción mayor, en virtud del principio de proporcionalidad.
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